NULIDAD DE IMPUTACIÓN.
Garantía fundamental al debido proceso/ solo es viable la declaratoria de nulidad cuando se verifica la configuración bajo unos principios/ principios de taxatividad, legalidad, especificidad, protección, trascendencia, convalidación, conservación, residualidad e instrumentalidad/ identificar concretamente el acto irregular, lo que significa no la nominación de la causal sino la sustentación fáctica del hecho/ concretar como esa forma afecta la integridad de la actuación o conculca garantías fundamentales/ explicar irreparabilidad del daño y por qué no existe otra forma de subsanarlo/ señalar el momento a partir del cual se debe reponer la actuación/ recurso de queja.
DELITO: Cohecho Propio, Concierto para Delinquir, Interés Indebido en la Celebración de Contratos.
FECHA: 11/10/2022.
PONENTE: ÓSCAR BUSTAMANTE HERNÁNDEZ.
TIPO DE PROVIDENCIA: Auto.